Calendario de días inhábiles 2020

Marco normativo

Orden de 19 de noviembre de 2019, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020. (BOJA de 25 de noviembre) y Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020 (BOE de 4 de diciembre).

 

Ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2020

Son días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los sábados, los domingos y los días que se relacionan a continuación:

 
1 de enero Miércoles
6 de enero Lunes
28 de febrero Viernes
9 de abril Jueves
10 de abril Viernes
1 de mayo Viernes
15 de agosto Sábado
12 de octubre Lunes
2 de noviembre Lunes
7 de diciembre Lunes
8 de diciembre Martes
25 de diciembre Viernes

 

Ámbito de cada municipio

En el ámbito de cada municipio de la Comunidad Autónoma, para 2020, se entenderán inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos hasta 2 días, que serán los  correspondientes a las 2 fiestas locales.

A tal efecto, las personas interesadas podrán expresar en los escritos iniciales de los procedimientos el lugar de su residencia.

 

Días inhábiles en el Registro Telemático Único

A los efectos de cómputo de plazos, los días inhábiles del Registro Telemático único serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que tengan aplicación los 2 días inhábiles correspondientes a cada municipio.

Días inhábiles en todo el territorio nacional y en el territorio de las CC.AA.

Son días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos todos los sábados y  domingos del mes y los días que se relacionan a continuación:

mes día / ámbito territorial
Enero Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

Febrero Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Marzo  

Día 13: Inhábil en la Ciudad de Melilla.

Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.

Abril  

Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

Día 10: Inhábil en todo el territorio nacional.

Día 13: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.

Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.

Mayo Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Junio  

Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.

Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Día 24: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cataluña y de Galicia, así como en la Comunitat Valenciana.

Julio Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Día 31: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

Septiembre Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.

Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.

Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Octubre Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.

Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre Día 2: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, así como en la Comunidad de Castilla y León y la Comunidad de Madrid.
Diciembre Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, de la Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra y en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional

Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

En la Comunidad Autónoma de Canarias: En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 18 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 5 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en Tenerife: el 7 de septiembre, festividad de la Bajada de la Virgen del Socorro.

En la Comunidad Autónoma de Cataluña: En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán).